Así se creó la «burbuja» de las renovables

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El Ministerio de Energía ha alertado a los pequeños ahorradores de invertir en las subastas de renovables

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El Gobierno teme que los pequeños ahorradores se lancen a invertir en la financiación de proyectos de energía renovable como si fuese un depósito bancario o un título de renta fija cuando en realidad entraña un riesgo mucho mayor. El Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital ha detectado que algunos promotores de estos proyectos –de los que no ha desvelado sus nombres– están publicitando la inversión en las subastas de potencia para esas nuevas instalaciones eólicas y fotovoltaicas casi como si tuviese una rentabilidad garantizada, cuando puede conllevar pérdidas, y ha puesto sobreaviso a los particulares.

«No es un producto para pequeños ahorradores, sino para inversores que conocen bien el mercado eléctrico y su regulación», advirtió ayer el ministro del ramo, Álvaro Nadal. El Ejecutivo pretende evitar situaciones como la producida hace poco más de diez años, cuando miles de ciudadanos perdieron su inversión en energías renovables.

¿Es cierto que el Gobierno animó en 2004 a que los ciudadanos invirtieran en energías renovables?

Así es. Tanto en 2004 como en 2007 el Gobierno promovió, a través de sendos reales decretos, la inversión privada de ciudadanos y pequeñas empresas en energías renovables, especialmente en la incipiente tecnología fotovoltaica.

¿Cuántos pequeños inversores respondieron a esta llamada?

Más de 100.000 pequeños inversores participaron en el desarrollo de la energía fotovoltaica atraídos por una elevada rentabilidad que superaba los dos dígitos.

¿Por qué se produjo una «burbuja» en este sector?

La gran rentabilidad de estas inversiones en un momento donde la construcción se había desplomado y los intereses de los bancos estaba cayendo hizo que surgieran cientos de proyectos fotovoltaicos, creándose una «burbuja» con unos elevados costes para el sector eléctrico. ¿Qué es la rentabilidad razonable que fijó el Gobierno en 2014?

Los desajustes del sistema y el déficit de tarifa alcanzaron cifras alarmantes (30.000 millones de euros), por lo que el Gobierno de Mariano Rajoy aprobó una dura reforma del sector hace tres años que supuso un recorte de 1.700 millones de euros de las primas que recibían las renovables. Además, estableció para estas instalaciones una rentabilidad razonable del 7,5%. Anteriormente se inventó un impuesto del 7% a la producción de electricidad.

¿Cómo afectaron estas medidas a los pequeños inversores?

Para la mayoría de ellos fue una auténtica catástrofe, ya que se han visto perjudicados por diversas cuestiones: por un lado, obtendrán una rentabilidad muy inferior a la prometida en su día, incluyendo el nuevo impuesto; por otro, han de hacer frente a los créditos bancarios solicitados entonces para invertir en estos proyectos. Muchos de ellos se han visto obligados a renegociar las condiciones de esos créditos.

ABC DE SEVILLA 19/06/2017

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Los invernaderos, la mayor ‘central eléctrica’ de España

Investigadores almerienses publican en la revista científica ‘Energies’ que si el techo de estas explotaciones del sureste tuvieran placas solares generarían el 31% de la luz que consume el país.

Almería es un sumidero de dióxido de carbono, gracias a las más de 30.000 hectáreas de invernaderos que posee en su territorio. A ello hay que sumar el efecto albedo, que mitiga en buena medida los efectos del cambio climático, pues gracias al plástico de estas infraestructuras agrícolas, el reflejo de la radiación solar es menor en esta provincia, contribuyendo a disminuir la temperatura media.

A estos beneficios ya constatados desde hace años, se suman ahora los procedentes de una nueva investigación que busca aprovechar el potencial de las explotaciones agrarias bajo plástico para la instalación de infraestructuras de energía solar.

Se trata de una investigación de la Universidad de Almería realizada por Ángel Carreño, Emilio Galdeano, Juan Carlos Pérez y María del Carmen Galera, que se ha publicado en la revista científica Energies el pasado 31 de mayo, bajo el título ‘Policy and Environmental Implications of Photovoltaic Systems in Farming in Southeast Spain: Can Greenhouses Reduce the Greenhouse Effect?’ (Implicaciones políticas y medioambientales de los sistemas fotovoltaicos en la agricultura en el sudeste de España: ¿Pueden los invernaderos reducir el efecto invernadero?).

Entre las conclusiones del estudio destaca que el sureste español, esto es, Almería, Granada y Murcia, que suman 41.092 hectáreas de invernaderos, sería capaz de generar cada año un tercio de la electricidad que consume España en ese mismo periodo si el 100% de los techos de las fincas contaran con placas fotovoltaicas y teniendo en cuenta las horas de sol anuales de esta zona, lo que convertiría a estas estructuras del sureste español en la mayor central eléctrica del país.

Las estimaciones de este estudio parten de la tecnología existente en plásticos fotovoltaicos aplicada al techo de los invernaderos y de la utilización tan sólo de un 10% de la superficie del invernadero. A pesar de ello, los efectos son relevantes con esta mínima superficie usada para la producción de energía, que se utilizaría, a corto plazo, para el autoconsumo, dada las políticas restrictivas y legislación nada favorable para las renovables (como el Real Decreto 900/2015, conocido como ‘impuesto al sol’) y para los usuarios que no son compañías eléctricas, pues existe una situación clara de oligopolio y control normativo de la política energética del país.

Sin embargo, y con sólo la décima parte de los invernaderos de Almería, Granada y Murcia, es decir, con 4.109 hectáreas utilizadas para la instalación de placas solares, la producción de energía sería de 8.507 GWh/año; es decir, «sería superior a las importaciones puntuales de electricidad que está realizando el Gobierno en los últimos años (unos 7.100 GWh), cantidad que representa el 3,1% de la electricidad consumida en España», explica Emilio Galdeano, uno de los investigadores. De ahí que si el estudio se extrapolase al 100% de la superficie invernada, el resultado sería una producción eléctrica, a través de la energía solar, equivalente al 31% del consumo nacional anual.

El efecto en la rentabilidad de los productores, sólo basada en el autoconsumo, podría aumentar desde el 1%, en el escenario menos favorable de inversión, a más del 37%, aún sin contar con ningún tipo de subvención. En el caso de considerar subvenciones, por ejemplo, las relativas a innovación y modernización de las explotaciones actuales, las mejoras en la rentabilidad oscilarían entre el 5% y el 52,78%.

Por otra parte está el efecto en la política energética de España y, especialmente, de cumplimiento de compromisos adoptados por la Unión Europea para 2020, para el que un 20% del consumo energético tiene que proceder de renovables, así como para 2030, para el que existe el compromiso de reducir un 40% las emisiones de gases efecto invernadero (que con la política energética actual son inalcanzables). En este sentido, «también serían claramente alcanzables con la aplicación de estas tecnologías en los invernaderos del sureste del país», recoge la investigación.

Un tercio del consumo anual, si se recogiese el agua de lluvia

Las lluvias, aunque cada vez son más escasas en Almería, representan un importante recurso que podría suponer un paso de gigante a la hora de resolver las necesidades hídricas de la horticultura de la provincia. En la provincia de Almería, donde las precipitaciones medias de los últimos años apenas rondan los 200 litros por metro cuadrado anuales, una gestión óptima del agua es fundamental para poder cultivar los 3,5 millones de toneladas de frutas y hortalizas que produce cada año el sector agrícola almeriense. Según un estudio elaborado por la Delegación Territorial de Agricultura y Pesca, si todos los invernaderos que hay en Almería recogiesen el agua de lluvia, se obtendría un total de 60 hectómetros cúbicos, lo que supone casi la tercera parte, en concreto, un tercio del consumo anual de agua por parte de la horticultura bajo plástico almeriense. Estos datos vienen a sumarse a los revelados por el estudio publicado en Energies, lo que da idea del enorme potencial económico, social y ambiental que tienen los techos de los invernaderos, aún sin aprovechar.

14/06/2017 DIARIO DE SEVILLA

El Constitucional anula la prohibición del autoconsumo eléctrico en comunidades de vecinos

El Tribunal Constitucional ha anulado la prohibición del autoconsumo eléctrico en comunidades de vecinos recogida en el Real Decreto 900/2015 que aprobó el Gobierno del Partido Popular para regular las condiciones administrativas, técnicas y económicas de la producción de energía por parte de los propios consumidores y que >incluyó el polémico «impuesto al sol».

En una sentencia con fecha 25 de mayo [.pdf], el TC anula por inconstitucional el artículo 4.3 que establece que «en ningún caso un generador se podrá conectar a la red interior de varios consumidores» a petición de la Generalitat de Cataluña que llevó ante el alto tribunal el real decreto al entender que invadía sus competencias. Ahora el Constitucional ha estimado parcialmente el conflicto positivo de competencia interpuesto por el Govern.

Esta decisión abre la puerta al autoconsumo compartido en comunidades de vecinos mediante placas fotovoltaicas para la generación de energía eléctrica. El real decreto, anulado ahora en parte, solo contemplaba la producción de energía en caso de consumidores individuales.

El Constitucional considera que no hay «razón alguna que justifique la necesidad de imponer una prohibición de este cariz, que impide a las comunidades autónomas promover en ejecución de las competencias que hayan asumido en materia de energía, medidas para la implantación de instalaciones comunes de autoconsumo en urbanizaciones, grandes edificios de viviendas, o cualquier otro tipo de edificios complejos o con elementos comunitarios, y de las que se puedan beneficiar varios usuarios».

Esta prohibición «incide en el ámbito de las competencias asumidas por la Generalitat» de Cataluña en materia de «fomento y la gestión de las energías renovables y de la eficiencia energética» en su ámbito territorial, argumenta la sentencia a la que ha tenido acceso RTVE.es. Además añade que «dificulta la consecución de objetivos de eficiencia energética y medioambientales» establecidos en varias directivas de la Unión Europea.

 

La Generalitat: «Suponía un freno al autoconsumo»

En una nota de prensa difundida el pasado sábado, la Generalitat celebraba la anulación del artículo 4.3 porque, además de invadir sus competencias, «suponía un freno al autoconsumo, ya que perjudicaba a la viabilidad de muchos proyectos y desincentivaba el interés de los ciudadanos en esta modalidad descentralizada de producción de electricidad».

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha expresado este lunes su satisfacción con la sentencia del TC al permitir «por fin» el desarrollo del autoconsumo en las comunidades de vecinos en una nota de prensa recogida por Europa Press.

La Fundación Renovables también ha celebrado este lunes, en una nota, la sentencia del Tribunal Constitucional ya que en su opinión «abre la puerta al autoconsumo compartido y sin duda nos acerca un poco más al cambio de modelo energético al poner en evidencia el fracaso de la actual normativa española» sobre esta materia.

 

El Constitucional anula también los artículos del registro

La sentencia del Constitucional también anula los artículos del 19, 20, 21 y 22 del Real Decreto 900/2015, que regulan el registro administrativo de autoconsumo de energía eléctrica, cuya gestión se atribuye «a la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Energía y Turismo», al entender que las facultades ejecutivas que se le atribuyen «lesionan las competencias de las comunidades autónomas».

En este sentido, señala que las funciones de control y seguimiento de este tipo de instalaciones corresponden a las comunidades autónomas al igual que la inscripción, la modificación y la cancelación de las inscripciones.

La Generalitat había pedido también la anulación de los artículos 1, 2, 5, 6, 7 y 8, de las disposiciones adicionales primera, segunda y novena, así como la disposición final sexta del real decreto pero esta ha sido rechazada por el Constitucional.

06.06.2017 www.rtve.es

¿Andalucía puede alimentar de kilovatios a Europa?

La región tiene ante sí la oportunidad de capitalizar el nuevo auge de la tecnología fotovoltaica

Pocas veces han confluido tantos factores a favor de Andalucía en un proceso de cambio global tan radical como el que experimentará el sistema energético mundial. Todos los expertos coinciden en que los próximos treinta años será la era de la descarbonización (un nuevo paradigma basado en las energías limpias que transformará el modelo de negocio, las fuentes de generación y los servicios al usuario). Para cumplir con los objetivos de reducción de emisiones de CO2 será necesaria una electrificación masiva de una economía que se alimentará, sobre todo, de parques solares y eólicos.Seguir leyendo

El Gobierno hará otra subasta de renovables antes del verano

  • Rajoy anuncia la adjudicación de 3.000 nuevos megavatios tras el éxito de la puja de la semana pasada
  • Sólo podrán optar la eólica y la fotovoltaica

El Gobierno celebrará antes del verano una nueva subasta para adjudicar otros 3.000 megavatios (MW) de nueva capacidad renovable para proyectos de instalaciones de tecnología eólica y fotovoltaica, según anunció el presidente del Ejecutivo, Mariano Rajoy.

Rajoy, que inauguró unas jornadas para recabar aportaciones para elaborar la futura Ley de Cambio Climático y Transición Energética, explicó que ya se han iniciado los trámites para poner en marcha esta nueva puja y, de hecho, el Ministerio de Industria y Energía tiene ya un borrador de real decreto.

MANTENDRÁ EL CRITERIO DE DESEMPATE POR HORAS, QUE DESATÓ LAS QUEJAS DE LA TECNOLOGÍA FOTOVOLTAICA

Añadió que el Gobierno espera que, al igual que ocurrió en la subasta celebrada la semana pasada, que se saldó sin primas a la inversión por los descuentos máximos ofrecidos por los adjudicatarios, no tenga «coste añadido para el consumidor».

Según indicó el Ministerio, en la nueva subasta sólo podrán participar proyectos eólicos y fotovoltaicos, y la adjudicación se hará a las que sean más eficientes en costes.

El borrador de real decreto, que será tramitado con carácter de urgencia, indica que esta nueva subasta se celebra por el reducido plazo que hay para alcanzar los objetivos comunitarios de que en 2020 el 20% del suministro venga a través de fuentes renovables, así como por el importante volumen de potencia ofertada que no se pudo adjudicar en la pasada subasta del 17 de mayo, donde hubo peticiones por el triple de los 3.000 MW repartidos.

Además, explicó que ha decidido centrar la convocatoria en las tecnologías eólica y fotovoltaica porque el volumen de potencia que se quedó fuera de la adjudicación es susceptible de ponerse en marcha y obtener megavatios en la puja les aseguraría un marco retributivo que les facilitaría la obtención de financiación.

En el resto de las tecnologías, entre las que se encuentra la biomasa, el volumen que quedó fuera de las adjudicaciones es más pequeño, según se indica en el borrador de real decreto para convocar esta subasta, que será la tercera que celebre el Gobierno después de la moratoria que aprobó a principios de 2013 a la concesión de ayudas a nuevas plantas de renovables.

En la primera, que tuvo lugar en enero de 2016, se adjudicaron 700 MW (500 MW de eólica y 200 MW de biomasa), mientras que la segunda que se ha celebrado el 17 de mayo de este año y en la que no había cupos por tecnologías repartió 3.000 MW.

Los proyectos de energía eólica acapararon la mayor parte de los megavatios por los que se pujó, al obtener 2.979 del total, frente al poco más de un megavatio que lograron los de fotovoltaica y los 20 que fueron a parar a otras tecnologías de generación renovable.

Aunque la industria fotovoltaica expresó su descontento con la regulación de la subasta, que establecía como método para deshacer los empates el mayor número de horas de funcionamiento de la instalación, lo que favorece a las eólicas, el Ministerio en su borrador de real decreto dice ahora que, dado que el procedimiento de la subasta «ha sido muy satisfactorio», en la nueva se seguirá «el mismo procedimiento y las mismas reglas».

El Gobierno confía en que los proyectos adjudicados no generen sobrecoste para el sistema, tal como ocurrió en el 17 de mayo. Energía señala que, tomando como hipótesis que la rebaja obtenida en la subasta fuera del 0% y que la potencia adjudicada por tecnología se distribuyera a partes iguales entre fotovoltaica y eólica, el coste máximo para el sistema ascendería a 123 millones anuales a partir de 2019. En todo caso, «a la vista del resultado de la subasta anterior, es de esperar que el coste sea muy inferior a los 123 millones o incluso nulo como sucedió entonces».

Energía pretende con esta subasta avanzar en la consecución de los objetivos de sostenibilidad medioambiental para 2020. Cuando estén en funcionamiento los 3.000 MW adjudicados el 17 de mayo, la potencia renovable instalada se incrementará en un 10%.

25/05/2017 DIARIO DE SEVILLA

España recibe otra demanda tras el revés por las renovables

La reclamación ante el Ciadi la interpuso Portigon AG, una entidad financiera alemana

España ha recibido una nueva demanda contra el recorte de las renovables ante la corte internacional de arbitraje (Ciadi). Se trata de la primera denuncia tras el revés sufrido a principios de este mes que condena al Estado a pagar 128 millones más intereses por el recorte aplicado a las ayudas a las renovables desde 2010.

La reclamación ante la Corte internacional de arreglo de diferencias del Banco Mundial (Ciadi) la interpuso el pasado lunes Portigon AG, una entidad financiera alemana. Este banco es el resultante de la quiebra del WestLB AG, que en 2012 protagonizó uno de los mayores rescates financieros de Europa al tener que ser rescatado por el Gobierno alemán. La entidad, que era la caja de ahorros del lander alemán de Renania del Norte-Westfalia, transfirió algo más de 85.000 millones en activos morosos al banco malo creado por el Gobierno alemán. Solo en ayudas recibió más 16.000 millones de dinero público.

24/05/2017 EL PAÍS

Forestalia, Gas Natural y Endesa arrasan en la subasta de energías renovables

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El grupo aragonés Forestalia y las eléctricas Endesa y Gas Natural Fenosa han sido los vencedores de la subasta de energías renovables celebrada hoy para impulsar la instalación de generación ‘verde’ en España

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Forestalia ha dominado la puja con la adjudicación de 1.200 megavatios de capacidad eólica, equivalentes a un 60% del paquete que estaba previsto subastar inicialmente y sobre el que luego se podían repartir 1.000 megavatios adicionales. El concurso otorga una retribución regulada por la generación de electricidad con fuentes renovables a aquellas empresas que realicen la oferta más barata.

Los otros dos grandes adjudicatarios han sido las eléctricas Gas Natural Fenosa y Endesa, con paquetes de 600 y 500 megavatios, respectivamente, para instalar nuevos molinos o repotenciar sus actuales parques. Gamesa, por su parte, se ha hecho con una potencia de en torno a 200 megavatios.

El año pasado, en la subasta que ponía fin a la moratoria verde, el grupo aragonés presidido por Fernando Samper se adjudicó más de 400 MW -300 MW eólicos y más de 100 MW de biomasa- de los 700 MW que se pusieron en juego.

17/05/2017 EL MUNDO

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El Supremo rechaza la petición de los fotovoltaicos de suspender la subasta de renovables

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El Tribunal Supremo ha rechazado la petición de la Unión Española Fotovoltaica (UNEF) de suspender de forma cautelar y urgente las reglas y procedimiento establecidos por el Ministerio de Energía para la subasta de energías renovables, que se celebrará el próximo 17 de mayo.

En su fallo, la Sala Tercera del Alto Tribunal entiende que los perjuicios que pueda ocasionar la celebración de la subasta no revisten los caracteres de irreparabilidad o irreversibilidad necesarios para adoptar una medida cautelarísima de ese tipo.

En su petición, UNEF consideraba que en las reglas de la subasta, que pondrá en juego 2.000 megavatios (MW) de renovables que serán ampliables en 1.000 MW más, las instalaciones fotovoltaicas resultan discriminadas injustificadamente frente a las eólicas.

El Supremo ha examinado la petición de suspensión llamada cautelarísima, que se tramita inaudita parte, es decir, sin escuchar las alegaciones de la otra parte, en este caso el Ministerio de Energía, por entender UNEF que concurría una especial urgencia al estar prevista la subasta para el 17 de mayo.

Prosigue la petición de suspensión por la vía ordinaria

Así, el Alto Tribunal rechaza la petición, pero prosigue la tramitación de la petición de suspensión por la vía ordinaria, donde sí se escuchan los argumentos de la Administración demandada. Así, ahora Energía tendrá diez días para contestar a la petición de suspensión formulada por UNEF.

La patronal fotovoltaica presentó el pasado 4 de mayo un recurso contencioso-administrativo en el Tribunal Supremo contra el real decreto de la convocatoria del régimen retributivo a nuevas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de renovables; así como contra la orden ministerial de 6 de abril que reguló el procedimiento de asignación de ese régimen; y contra las dos resoluciones de la Secretaría de Estado de Energía, ambas del 10 de abril, una de ellas convocando la subasta, y la otra estableciendo el procedimiento y reglas de la misma.

En este recurso, la asociación reclamaba que se adoptara como medida cautelar urgenteinaudita parte la suspensión de la resolución del Ministerio de Energía que fijó el procedimiento y las reglas de la subasta, en concreto el criterio de que se ordenara «de mayor a menor el número de horas equivalentes de funcionamiento de la instalación tipo de referencia».

Según UNEF, se discrimina injustificadamente a las fotovoltaicas frente a las eólicas, ya que la orden establece un número de horas de funcionamiento de 3.000 para las eólicas y de 2.367 para las fotovoltaicas, con lo que la ordenación iría siempre en beneficio de las instalaciones eólicas y en prejuicio de las fotovoltaicas.

Para UNEF, procedía la medida cautelarísima de suspensión, entre otras razones, porque de producirse la subasta con la cláusula cuestionada, se provocaría un daño irreversible, ya que su celebración con unos criterios discriminatorios genera una situación desigual.

Además, considera que concurría riesgo de un daño irreparable en caso de que se celebre la subasta en tales condiciones, sin que su suspensión fuese a acarrear por contra perjuicios graves a los intereses generales.

No revisten carácter de «irreparabilidad»

El Supremo rechaza la petición con el argumento de que los perjuicios ocasionados por la aplicación del real decreto y la orden impugnados y singularmente de la celebración de la subasta «no revisten los caracteres de irreversibilidad o irreparabilidad que podrían determinar, en otro caso, el acogimiento de la pretensión cautelar urgente».

Asimismo, el Alto Tribunal señala que, «aun admitiendo que la celebración de la subasta implica la adjudicación de derechos a terceras personas y la consolidación de ciertas situaciones jurídicas, los perjuicios derivados de su celebración no tendrían un carácter irreparable, en la medida que, si se dictara una sentencia estimatoria, los daños causados a la parte recurrente podrían ser resarcidos a través de una compensación económica».

Además, indica que la celebración de la subasta y las consecuencias que de la misma podrían derivarse no tendría, a su juicio, «una incidencia significativa en la causación de los eventuales perjuicios que la medida cautelar trata de evitar».

El Supremo también destaca que no aprecia que «la no suspensión de la celebración de la subasta -en este caso la no suspensión de la cláusula cuestionada- implique perjuicios a terceros, y si que, más bien al contrario, existen interesados en la subasta y posibles adjudicatarios que verán frustradas sus expectativas en caso de no realizarse en el plazo y en las condiciones establecidas».

Por otro lado, subraya que, en principio, no es competente para conocer de la impugnación de las resoluciones que fijaron el procedimiento y las reglas de la subasta, ya que correspondería a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, aunque por las invocadas razones de urgencia ha considerado oportuno, en este caso, pronunciarse sobre la medida cautelarísima interesada, aun sin pronunciamiento sobre la competencia.

10/05/2017 EL MUNDO

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España tendrá que pagar 128 millones tras perder el primer arbitraje en el Ciadi por el recorte a las renovables

España tendrá que pagar 128 millones de euros a la firma británica Eiser Infrastructure Limited y su filial luxemburguesa Energia Solar Luxembourg por los recortes a la retribución de las energías renovables incluidos en la reforma eléctrica.

Así lo ha dictaminado la Corte de Arbitraje del Banco Mundial -el conocido como Ciadi- en el primer laudo que hace público este organismo de los 30 que tiene pendientes de resolver.

Al realizar las inversiones, Eiser era socio en España de Elecnor y de la firma de ingeniería Aries. La firma un 36,95% en Aries Solar Termoeléctrica (Aste), que posee dos plantas termosolares de 50 megavatios (MW) en Alcázar de San Juan (Ciudad Real), así como el 33,83% de Dioxipe Solar (Astexol), que desarrolla otra planta termosolar de 50 MW en Badajoz.

La inversión comprometida en estas tres centrales alcanza los 935 millones de euros y se acometió en 2007, el mismo ejercicio en el que se aprobó el real decreto 661/2007, cuya aplicación provocó un rápido despegue de las energías renovables.

Tras ese momento, el sector fue sometido a diversos recortes retributivos, el primero de ellos a finales de 2010, con el PSOE en el poder, y el último, en 2013, con la aprobación de la reforma del sector eléctrico por parte del Gobierno del PP.

España acumula ante el Ciadi, dependiente del Banco Mundial, casi una treintena de demandas de inversores internacionales por los recortes aplicados a las energías renovables, ya que los inversores nacionales no pueden acudir al tribunal internacional de arbitraje. Es el segundo país por número de demandas a nivel mundial, sólo por detrás de Venezuela.

En el caso español, las denuncias se centran tanto en los recortes a la energía solar y a la termosolar que el Gobierno aplicó a finales de 2010 como los acometidos por el actual Ejecutivo en funciones durante la legislatura concluida a finales de 2015.

Primer revés

El fallo del Ciadi supone el primer revés en los tribunales internacionales para España por estos recortes. En enero 2016, el Tribunal Arbitral de Estocolmo también se pronunció sobre la demanda presentada por Charanne B.V. y Construction, Investments, dos sociedades vinculadas a Isolux, por los recortes al sector fotovoltaico, aunque en aquella ocasión se pronunció a favor del Reino de España.

Ese fue el primer laudo arbitral internacional en resolverse de los interpuestos contra España en el sector renovable al amparo del Tratado de la Carta de la Energía.

Anteriormente, las sentencias del Tribunal Supremo y del Constitucional habían avalado también los recortes aplicados por el Gobierno en esta materia en los últimos años.

El Gobierno estudia el recurso

El Gobierno de España estudia recurrir el laudo del Ciadi y conisidera que sus conclusiones no pueden marcar un precedente ni ser extrapoladas al resto de pleitos abiertos contra el país en el Banco Mundial.

«Este laudo única y exclusivamente declara, de manera referida a las tres plantas termosolares de los demandantes y en atención a sus particulares circunstancias, que la reforma ha causado a sus titulares un daño que, bajo la singular apreciación del Tribunal, se considera excesivo», señala el Ministerio de Energía en un comunicado.

05/05/2017 EL MUNDO

La evolución actual del mercado inmobiliario en España

Tal y como apuntaban los diferentes indicadores del mercado inmobiliario español, se ha confirmado su reactivación en el último trimestre de 2016 y sigue en alza en el año 2017, previéndose paulatinamente una consolidación firme del sector de la vivienda en casi toda España.
Bien es cierto que este crecimiento no es igual en todo el país, pero sí en ciertas comunidades donde el sector del ladrillo está yendo en la senda de ir alcanzando los precios que se tenían con anterioridad a la crisis

De esta forma, regiones como las Islas Baleares, Catalunya y la Comunidad Valenciana, especialmente, con crecimientos del 13,70 % y 20,30 % y el 12,80 % respectivamente de compras de viviendas en el 4º trimestre de 2016, con respecto al año anterior, y un variación interanual del premio del metro cuadrado de más del 5%, según el último informe elaborado por el Centro de Información estadística del Consejo General del Notariado en España, hacen prever una recuperación firme y constante de los inmuebles y su precio en España.

Esta evolución positiva tiene su origen en diferentes causas, destacando entre ellas, la situación económica y crecimiento constante de la economía española, la apertura de los mercados financieros para la financiación de los inmuebles, el precio de los mismos y el interés constante de los inversores extranjeros, tanto privados como de fondos de inversión, en la compra de los pisos.
Asimismo hay que destacar que en las grandes capitales, donde un sector importante de la población, no puede acceder a la compra de su vivienda, ha hecho y hará que el mercado del arrendamiento de viviendas siga crecimiento con mucha fuerza, elevándose la rentabilidad de las propiedades de los inversores.
El conjunto de todos estos factores, hacen prever que el crecimiento se verá reforzado en el año 2017 y 2018, con un mayor número de compra de inmuebles y consecuentemente una consolidación de la inversión realizada.

El departamento de Real Estate de AGM abogados dispone de una amplia experiencia en todo tipo de transacciones inmobiliarias en España, y será una satisfacción ayudarle en relación con cualquier operación que pueda plantearse.

Artículo escrito por Leonardo Cárdenas Armesto, Socio Área Real Estate AGM Abogados – Barcelona

04/05/2017 euronews.com