Nacionalidad española por carta de naturaleza
La Carta de Naturaleza se establece en el artículo 21 del Código Civil de España, se otorga discrecionalmente mediante Real Decreto cuando en el interesado concurran circunstancias excepcionales, siendo aprobada en su caso la solicitud por el Consejo de Ministros.
Commercial Legal Consulting, con el apoyo de las cátedras de historia de diferentes Universidades, realizara los informes pertinentes que acrediten las circunstancias excepcionales que a usted le hacen merecedor/a de solicitar la nacionalidad española. Existen multitud de causas excepcionales, todas ellas compatibles entre sí, tales conmo la descendencia sefardí, víctimas de la guerra civil y descendientes de brigadistas internacionales o descendientes de exiliados españoles.
Actualmente existe numerosos proyectos legislativos, algunos muy avanzados sobre “Memoria Histórica”, “Memoria Democrática”, “Ley de Descendientes”, etc. que pueden reforzar nuestros argumentos para solicitar por esta vía, o por otros procedimientos específicos, la nacionalidad española por carta de naturaleza.
Nuestro equipo jurídico mediante las entrevistas “on line” programadas, realizara el estudio pormenorizado e individualizado de su caso y siempre le dará una respuesta que se ajuste a su situación personal e intereses migratorios.